Ideología de genero y control de convencionalidad
Resumen
Como profesor de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Autónoma de Chiriquí desde hace varios años, he participado en múltiples eventos académicos en los cuales observo con preocupación que la ideología de género avanza rápidamente en la imposición de su perspectiva, claro que en nuestro país es aún incipiente este proceso de penetración cultural, pero, las falsas promesas de libertad, igualdad, progresismo, defensa de los Derechos Humanos, etcétera, van creando un ambiente favorable para su avance.
La ideologización (perversión de la sexualidad) de nuestros niños y adolescentes ya se inició en la educación formal. Los conceptos de esta Perspectiva de Género ya forman parte de los textos utilizados en nuestras escuelas, los funcionarios públicos los utilizan con regularidad como objetivos de su administración, y los órganos especializados de la ONU otorgan premios por el logro de algunos de sus objetivos.
Nuestras familias son cuestionadas y los argumentos son de tal índole que nos hacen recordar el coro de las Brujas de Macbeth “lo bueno es malo y lo malo es bueno” Parece que paulatinamente nos acostumbramos a que “El Poder Público” se ejerza, no como lo establece la Constitución, sino, que se haga en función de los objetivos de la Ideología de Género; a todo este panorama se suma la actividad incesante de la Corte Interamericana de derechos Humanos y la
Comisión Interamericana de derechos Humanos los cuales han prohijado esta ideología. Nuestro Derecho Positivo y la Convención Americana de Derechos Humanos reconocen los derechos humanos del hombre que tiene como atributo
natural el sexo. El hombre de la Ideología de Género es un hombre sin sexo, es un hombre con género autopercibido y que puede variar de acuerdo a lo que “sienta” el individuo, por lo que necesita todo un ordenamiento jurídico que se adapte a esta“Perspectiva”.
Esta colisión entre instituciones jurídicas fundamentales de nuestra sociedad como la Familia, el Matrimonio, la Maternidad y el Interés Superior del Menor, que deben ser protegidas por el Estado de acuerdo al artículo 56 de nuestra Constitución Política, ocurre porque estos derechos fundamentales son considerados caducos por la Ideología de Género ya que no corresponden al hombre tal como lo concibe esta ideología; y la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, fundamentan y alientan el desconocimiento de estos derechos fundamentales.
Espero que este libro nos ayude a entender el problema y a encontrarle solución.