Legislación ambiental panameña como mecanismo de defensa contra los proyectos mineros e hidroélectrios en la comarca Ngäbe Buglé
Resumen
Un tema que ha estado en discusión y negociación a nivel mundial en materia de Derecho Indígena ha sido el derecho a la consulta previa. Libre e informada de los pueblos originarios en los proyectos que han de ejecutarse en sus territorios ancestrales, estén estos legalizados o no.
Este debate también se ha dado en Panamá y sigue vigente, puesto que los grupos indígenas por años han denunciado la falta de consulta al momento de concesionaria proyectos, especialmente de aquellos que tienen que ver con la extracción minera o la construcción de hidroeléctricas en áreas comarcales.
Esto ha llevado a los pueblos originarios existentes en nuestro país, a exigir el reconocimiento del derecho a la consulta de pueblos indígenas que recogen los instrumentos jurídicos nacionales e internacionales.
La República de Panamá, a pesar de que no ha ratificado el convenio 169 de la organización internacional del trabajo sobre pueblos indígenas y tribales de 1989, ha creado leyes y aprobado acuerdos regidos por el Derecho Internacional, que legalizan y reconocen los derechos de la población indígena en dichos territorios.
En las últimas décadas, las políticas económicas y las estrategias geopolíticas del estado panameño, han puesto su mirada en los territorios indígenas, sobre todo en la comarca Ngäbe Buglé, debido a estudios realizados desde la década del 30 del siglo pasado han demostrado una riqueza mineral valorada en miles de millones de dólares en el subsuelo.